En los últimos años, la incorporación de asuntos Ambientales, Sociales y de Gobernanza (ASG) en la gestión empresarial y financiera se ha convertido en una prioridad para los reguladores colombianos. La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) y la Superintendencia de Sociedades han emitido instrucciones clave para promover la divulgación de información sobre sostenibilidad y riesgos climáticos en las organizaciones.
El presente artículo expone el marco regulatorio vigente para la divulgación de la gestión ASG en Colombia, diferenciando las circulares emitidas por ambas entidades. Se analizarán las obligaciones para las empresas del sector financiero y del sector construcción, detallando los requerimientos obligatorios y voluntarios, así como los periodos de aplicación y reporte.
Regulación de la Superintendencia de Sociedades
La Superintendencia de Sociedades ha emitido una única Circular Básica Jurídica en materia de divulgación ASG: la Circular Externa 100-000010 de 2023[1]. Esta normativa establece recomendaciones administrativas sobre la presentación del Reporte de Sostenibilidad por parte de las vigiladas.
Las empresas que deberán presentar este reporte son aquellas que superen ciertos umbrales de ingresos y activos[2] (Ver numeral 5 “Ámbito de aplicación” de la Circular), incluyendo a grandes empresas del sector construcción. Algunos de los requisitos son:
- Elaboración del Reporte de Sostenibilidad con información sobre desempeño ambiental, social y de gobernanza (ASG). Ver numeral 6.2 “Contenido del Reporte de Sostenibilidad” de la Circular.
- Asignación de un responsable para la verificación del reporte.
- Divulgación del informe anualmente a los grupos de interés.
- La aplicación de un estándar internacional de reporte, que cumpla los criterios de comprensión, confiabilidad, reconocimiento y transparencia, cualquiera que éste sea (Ver numeral 6.2.2.1.1 de la Circular).
Regulación de la Superintendencia Financiera de Colombia
La SFC ha desarrollado un marco regulatorio más amplio, incluyendo tanto requisitos obligatorios como voluntarios.
- Circular Externa 007 de 2021: Introduce la obligación para administradoras de fondos de pensiones, aseguradoras y sociedades de capitalización de integrar factores ASG en sus procesos de inversión.
- Circular Externa 031 de 2021: Establece estándares obligatorios para la revelación de información sobre asuntos sociales y ambientales, incluyendo riesgos climáticos, con base en el TCFD[3] y SASB[4]. Aplica a los emisores registrados en el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE).
- Circular Externa 005 de 2022: Adopta la Taxonomía Verde de Colombia, proporcionando una metodología para clasificar activos y actividades con impacto ambiental positivo. Su implementación es voluntaria.
Periodos de Aplicación, Reporte y Transparencia
Cada circular establece plazos específicos para su aplicación:
- Circular Externa 100-000010 de 2023 (Supersociedades): Desde su publicación cumplió una labor pedagógica y no sancionatoria, para preparar a las empresas a una posterior obligatoriedad. El reporte deberá ser anual.
- Circular Externa 031 de 2021 (SFC): Las empresas debieron presentar un plan de implementación en 2023 y cumplir con la totalidad de las disposiciones en 2024.
- Circular Externa 005 de 2022 (SFC): Implementación progresiva y voluntaria.
En conclusión, la regulación colombiana sobre sostenibilidad indudablemente busca mejorar la transparencia y gestión de riesgos climáticos y sociales en el sector real y financiero. Mientras que la Supersociedades ha emitido un marco específico para la divulgación ASG empresarial, la SFC ha desarrollado normas más amplias para el sistema financiero, diferenciando entre requisitos obligatorios y herramientas voluntarias, como la Taxonomía Verde de Colombia.
Para las empresas del sector construcción, estas regulaciones representan una oportunidad para fortalecer su estrategia de sostenibilidad, gestionar riesgos y mejorar su acceso a financiamiento alineado con asuntos ASG.
Para mayor información puede contactar a Jairo David Audor, Especialista Técnico Líder del CCCS – [email protected].
[1] https://www.supersociedades.gov.co/documents/107391/6846526/POLITICA-DE-SOSTENIBILIDAD.pdf
[2] Entidades empresariales que estén bajo vigilancia o control de la Supersociedades y que en el año inmediatamente anterior, con corte a 31 de diciembre, hubieran alcanzado ingresos totales o activos iguales o superiores a 40.000 smlmv.
[3] Grupo de Trabajo sobre Divulgaciones Financieras Relacionadas con el Clima (TCFD, por su sigla en inglés). Su objetivo es proporcionar información sobre el impacto de una organización en el clima global y fomentar la divulgación de datos más coherentes y comparables por parte de las empresas.
[4] Junta de Normas de Contabilidad de Sostenibilidad (SASB, por su sigla en inglés). Este estándar guía la divulgación de información de sostenibilidad financieramente significativa por parte de las empresas a sus inversores.